Actualización Derecho a la Propiedad Privada en la Convención Constituyente

 


Ayer 23 de Febrero en la noche, la Comisión de Derechos Fundamentales aprobó en particular y despachó al pleno de la Convención el articulado de Derecho de Propiedad.

Fuente: Cuenta de Twitter de Josefina De la Fuente (@josefina_delaf en twitter), ella cubre Convención para CNN Chile.

El Artículo 24 quedo así:


Buenas Noticias: Los bienes incorporales ya tendrían protección
constitucional. Esto es un avance muy positivo.

El Artículo 26 quedo así:

Buenas Noticias: El pago de un bien expropiado sería previo a la toma de posesión. Sigue siendo preocupante que el justo monto de pago es determinado por una corte y no por el precio de mercado, y que sobre este monto no habría posibilidad de reclamar, solo por la expropiación o no. Igualmente esto es un avance.

El Artículo 27 quedo así:

Buenas Noticias: Tanto los pueblos originarios, como el resto de la población son susceptibles de ser expropiados, en la versión previa solo los segundos podían serlo y los primeros tenían derechos de propiedad blindados. Esto es un avance, pues constituye igualdad ante la ley de todas las personas en Chile.

El Artículo 28 quedo así:

Acá tenemos preguntas, ¿Se eliminaron los artículos 29, 30 y 31, más los dos transitorios? Esto no es menor, pues los mencionados artículos explicaban las maneras en las que los territorios reclamados por los pueblos originarios serían expropiados.

Quiero cerrar con una nota positiva, acerca de los tremendos avances en el derecho a la propiedad en la Convención Constituyente.






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